Galicia endurece por ley las condiciones de asistencia sanitaria a los inmigrantes
11/11/2011 - Inmigración - El País -
La ley de acompañamiento de los Presupuestos, que entrará en vigor en Galicia en enero de 2012, endurece las condiciones de asistencia pública al colectivo inmigrante.
Dicho proyecto anula el artículo de la Ley de Salud que actualmente regula los titulares de derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria, y establece que será necesario llevar más de 183 días empadronado en un ayuntamiento gallego para disfrutar de la asistencia del Servicio Gallego de Salud.
El Consejo Económico y Social de Galicia ha manifestado su descontento ante lo que considera "un alejamiento de la idea de sanidad o asistencia sanitaria como derecho básico y universal".
La ley permite que se beneficien de la sanidad pública las parejas de los empadronados en Galicia, o si radica en la comunidad la base de los intereses económicos.
La exposición de motivos de la ley de acompañamiento de los Presupuestos justifica brevemente los recortes en sanidad que afectan a los inmigrantes. Defienden que se trata de "aproximar" el concepto de residencia en Galicia al que rige en la norma tributaria "al objeto de evitar el fraude en la declaración sobre el Estado miembro donde reside el usuario de los servicios".
La ley introduce más restricciones en materia sanitaria, y establece dos recortes en los servicios farmacéuticos.
Por un lado, permite a la Consejería autorizar mínimos de servicios de urgencia en las zonas rurales inferiores a los establecidos con carácter general. Esta medida afecta a las pequeñas localidades que tengan tres o menos oficinas de farmacia y que no dispongan de un Punto de Atención Continuada (PAC).
El Consejo Económico y Social ha resaltado que con la actual tendencia a la concentración de los PAC "los usuarios de los núcleos más aislados podrían quedarse sin farmacia de guardia", lo que conllevaría un obligado desplazamiento. Además ha advertido que "se dejaría claramente la puerta abierta a no garantizar la prestación justamente a un colectivo social o a unas áreas geográficas que requieren medidas de apoyo, no de negación - por la vía de los hechos -, de acceso a un servicio importante".
La otra medida consiste en una modificación de la ley que elimine la obligación de mantener un servicio propio de dispensación de medicamentos a los centros con 50 o más camas, y eleva el umbral a 100.
El informe del Consejo ha señalado que esta medida "no debería justificarse tan solo con criterios económicos", como argumenta la exposición de motivos de la ley, ya que la asistencia sanitaria necesita "criterios de calidad y suficiencia asistencial".
Se prevé que este nuevo artículo tenga un impacto directo en la reducción de empleo.
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